Convocatoria aprobada por acuerdo del Consejo Metropolitano del Área Metropolitana de Barcelona de 20 de marzo de 2018 y publicada al BOPB el 8 de junio de 2018, por el cual se convocan subvenciones a ayuntamientos metropolitanos por el desarrollo de actividades en el ámbito de la transparencia (2018-2019).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar a la Base de datos Nacional de Subvenciones.
Beneficiarios: Ayuntamientos que forman parte del Área Metropolitana de Barcelona.
Objeto: Subvenciones para la realización de proyectos para la implementación de la Ley 19/2014 de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Bases reguladoras: Publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona el 31/05/2018 (aprobación definitiva).
Periodo elegible: Las actuaciones subvencionadas deberán haber empezado a partir del 01/01/2018 y la fecha máxima de fin será el 31/10/19.
Convocatoria: Extracto publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona el 08/06/2018.
Cuantía: El importe total de la convocatoria es de 100.000 euros para el ejercicio 2018 y 240.000 euros para el ejercicio 2019, que hacen un total de 340.000 euros. El importe máximo que podrá ser concedido a un ayuntamiento será de 15.000 euros y el límite máximo subvencionado sobre el presupuesto del proyecto será del 90%.
Plazo de presentación de solicitudes: Un mes a contar desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona. El plazo finaliza el 09/07/2018.
Solicitudes: La solicitud irá acompañada del proyecto para el cual se solicita la subvención.
Valoración: La convocatoria se resolverá por aplicación de los siguientes criterios de valoración:
- Adecuación del proyecto a los siguientes ámbitos: Rendición de cuentas, derecho de acceso a la información pública, cartas de servicio, código ético, formación, igualdad de género y portal de transparencia.
- Población del municipio.
- El carácter innovador del proyecto presentado.
- Adhesión al programa Deméter de equidad de género.
- Adhesión a las cláusulas de transparencia en la contratación.
- No obtención de subvención en proyectos presentados en la convocatoria 2017-2018.
Pago: La subvención se pagará en dos partes. La primera, en concepto de adelanto, para la parte proporcional que sobre el total otorgado representen los 100.000 correspondientes a la anualidad 2018. En ningún caso el adelanto podrá superar el 30% del total de la subvención otorgada. El segundo pago, del resto del importe otorgado, se tramitará una vez recibida la ejecución total del proyecto.