Los ayuntamientos podran presentar los proyectos y la solicitud de subvención hasta el 19 de mayo de 2022.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b i 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Beneficiarios: Ayuntamientos que se encuentren dentro del ámbito geográfico del Área Metropolitana de Barcelona, y que se encuentren al corriente de justificaciones de proyectos subvencionados por el AMB en diferentes ámbitos respecto a otras convocatorias metropolitanas anteriores.
Objeto: El refuerzo del cumplimiento normativo, mediante la promoción de iniciativas innovadoras que generen sinergias entre los gobiernos locales y el gobierno metropolitano y contribuyan a definir un modelo metropolitano de transparencia y buen gobierno.
Bases reguladores: Bases reguladoras aprobadas definitivamente el día 14 de febrero de 2022 i publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona el 18 de febrero de 2022.
Período elegible: Las actuaciones subvencionadas corresponderán al período 2022-2023 y la fecha máxima de finalización será el 29 de septiembre de 2023, sin posibilidad de prórroga.
Convocatoria: Extracto publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona el 7 de abril de 2022.
Cuantía: El importe total de la convocatoria es de 400.000 € que se distribuirán entre los ejercicios 2022 y 2023, con una cuantía de 100.000 € y 300.000 €, respectivamente. El importe máximo que aportará el AMB será de 18.000 € por municipio y el porcentaje de ayuda no podrá exceder del 90% del presupuesto del proyecto.
Plazo de presentación de solicitudes: Un mes, des del día 19 de abril hasta el 19 de mayo de 2022.
Solicitudes: Las solicitudes para concurrir a esta convocatoria se presentarán mediante la plataforma EACAT con los formularios que figuran como documentación anexa a la convocatoria. En paralelo, y para garantizar un mejor control de los envíos, le agradeceremos que envíe un correo electrónico informando de la presentación de cada solicitud a transparencia@amb.cat.
Proyectos subvencionables: Los proyectos subvencionables tendrán como objetivo la implementación de la normativa de transparencia en los siguientes aspectos o ámbitos:
- Rendición de cuentas
- Derecho de acceso a la información pública
- Cartas de servicios
- Código ético
- Buzón ético
- Formación
- Igualdad de género
- Portal de transparencia
- Transparencia e integridad en la contratación pública
Valoración: Recibirán subvención todos aquellos proyectos que hayan obtenido una puntuación mínima de 45 puntos. Los proyectos serán valorados por el órgano colegiado de selección de acuerdo con el baremo de puntuación establecido:
- Adecuación del proyecto a los ámbitos establecidos (hasta a 35 puntos)
- Población del municipio (hasta a 20 puntos)
- Carácter innovador del proyecto (hasta a 10 puntos)
- Adhesión del ayuntamiento al programa Deméter de equidad de género promovido por la Agencia de Transparencia (10 puntos)
- Adhesión del ayuntamiento a la incorporación a los pliegos de condiciones económico-administrativas de sus contratos de las cláusulas de transparencia en la contratación (10 puntos)
- Sistema de evaluación de la publicidad activa (5 puntos)
- Previsión de evaluación posterior del proyecto (5 puntos)
- No haber renunciado a la subvención en ninguna de las convocatorias anteriores, o no se les haya revocado (5 puntos)
Pago: Las subvenciones concedidas se transferirán en dos pagos. El primero, en concepto de anticipo, ascenderá al 25% del importe otorgado a cada beneficiario en el reparto inicial. El segundo, se tramitará en el ejercicio 2023, una vez recibida la justificación de la ejecución total del proyecto.