Subvenciones a los ayuntamientos metropolitanos para el fomento de la transparencia (2022-2023)

El objetivo de esta convocatoria es impulsar una nueva cultura organizativa de funcionamiento, más abierta y transparente, basada en un diálogo permanente entre la Administración y la ciudadanía

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b i 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

 


Bases reguladoras: Bases reguladoras aprobadas definitivamente el día 2 de julio de 2024 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona el 17 de julio de 2024.

Objeto: Promover políticas de gobierno abierto que impulsen una cultura organizativa de funcionamiento, más abierta y transparente, basada en un diálogo permanente entre la Administración y la ciudadanía y en el principio de buen gobierno.

Beneficiarios: Pueden ser beneficiarios de las subvenciones que regulan estas bases los ayuntamientos siguientes: Badalona, Badia del Vallès, Barberà del Vallès, Begues, Castellbisbal, Castelldefels, Cerdanyola del Vallès, Cervelló, Corbera de Llobregat, Cornellà de Llobregat, Esplugues de Llobregat, Gavà, l’Hospitalet de Llobregat, Molins de Rei, Montcada i Reixac, Montgat, Pallejà, la Palma de Cervelló, el Papiol, el Prat de Llobregat, Ripollet, Sant Adrià de Besòs, Sant Andreu de la Barca, Sant Boi de Llobregat, Sant Climent de Llobregat, Sant Cugat del Vallès, Sant Feliu de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Just Desvern, Sant Vicenç dels Horts, Santa Coloma de Cervelló, Santa Coloma de Gramenet, Tiana, Torrelles de Llobregat i Viladecans. Los beneficiarios tienen que presentar la solicitud y la documentación adicional en el plazo y en la forma oportuna y encontrarse al corriente de les justificaciones y los reintegros que se deriven de otras convocatorias anteriores impulsadas por el AMB en este ámbito y cumplir el resto de requisitos previstos en estas bases y en la convocatoria.

Convocatoria: Extracto publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona el 17 de julio de 2024.

Período elegible: Las actuaciones subvencionadas se tendrán que corresponder al período 2024-2025, y la fecha máxima de finalización será el 15 de septiembre de 2025.

Cuantía: El importe total de la convocatoria es de 400.000 € que se distribuirá entre los ejercicios 2024 y 2025, con una cuantía de 100.000 € y 300.000 €, respectivamente. El importe máximo que aportará el AMB será de 25.000 € por municipio y el porcentaje de ayuda no podrá exceder del 90% del presupuesto del proyecto.

Proyectos subvencionables: Serán subvencionables los proyectos que tengan por objetivo la implementación de políticas de gobierno abierto que aborden algunos de los aspectos siguientes:

  • Publicidad activa
  • Acceso a la información pública
  • Datos abiertos
  • Visores de datos
  • Códigos éticos y de conducta
  • Cartas de servicios e indicadores de calidad de servicios públicos
  • Registro de grupos de interés
  • Sistema interno de alertas
  • Planes antifraude

Valoración: Recibirán subvención todos los proyectos que, en aplicación del baremo establecido, hayan obtenido una puntuación mínima de 55 puntos. El órgano colegiado de selección valorará los proyectos de acuerdo con los tres tipos de criterios descritos en la base novena.

  • Criterios relacionados con el entorno municipal. Se tendrá en cuenta el número de habitantes del municipio, de acuerdo con los datos del padrón municipal con fecha de referencia el 1 de enero de 2023 (hasta 10 puntos).
  • Criterios relacionados con el grado de implantación del gobierno abierto y el cumplimiento normativo de la Ley 19/2014, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno en el Ayuntamiento. Se medirá el grado de implantación del gobierno abierto de los municipios metropolitanos mediante la estadística anual elaborada por el Consorcio de Administración Abierta de Cataluña (Consorcio AOC) sobre el índice de madurez digital (hasta 30 puntos).
  • Criterios relacionados con la calidad técnica de la propuesta del proyecto que se presente (hasta 60 puntos).

Plazo de presentación de solicitudes: Se podrán presentar solicitudes desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y hasta el 20 de septiembre de 2024.

Solicitudes: Los ayuntamientos que participen en la convocatoria tendrán que presentar las solicitudes mediante la plataforma EACAT, preferentemente a través de Envío General, incluyendo la documentación prevista en les Bases y formularios figuran como documentación anexa.

Pago: Las subvenciones concedidas se transferirán en dos pagos. El primero, en concepto de anticipo, ascenderá al 25% del importe otorgado a cada beneficiario en el reparto inicial. El segundo, se tramitará en el ejercicio 2025, una vez recibida la justificación de la ejecución total del proyecto.

Texto de las bases reguladoras:

Las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el impulso del gobierno abierto en los ayuntamientos metropolitanos fueron aprobadas inicialmente por el Consejo Metropolitano el 22 de mayo de 2024, siendo aprobadas definitivamente el 3 de julio de 2024 y publicadas en el BOPB el 10 de julio de 2024.

Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el impulso del gobierno abierto en los ayuntamientos metropolitanos

Texto de la convocatoria:

La convocatoria para la concesión de subvenciones para el impulso del gobierno abierto en los ayuntamientos metropolitanos 2024-2025 fue aprobada per la Junta de Govern el 9 de julio de 2024 i publicada en el BOPB el 17 de julio de 2024.

Extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones para el impulso del gobierno abierto en los ayuntamientos metropolitanos 2024-2025

Convocatoria para la concesión de subvenciones para el impulso del gobierno abierto en los ayuntamientos metropolitanos 2024-2025

Cronograma de la convocatoria:

 

 

Documentación para presentar las solicitudes:

Las solicitudes para concurrir en esta convocatoria deben presentarse mediante los formularios que figuran como documentación anexa que son los siguientes:

Aparte de la información de los modelos mencionados, los ayuntamientos podrán aportar cualquier otra información adicional que se considere relevante para concurrir en la convocatoria.