Con el fin de aumentar la seguridad jurídica y la predictibilidad del ordenamiento jurídico, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas hizo una apuesta por la mejora de la planificación normativa mediante la adopción de planes anuales normativos.
Anualmente, las administraciones públicas deberán elaborar y publicar un plan normativo que incluya las iniciativas reglamentarias que se propongan impulsar y someter a aprobación durante el año siguiente. Una vez aprobado, el plan normativo debe publicarse en el portal de transparencia.
Desde el año 2024, el AMB elabora y aprueba el Plan anual normativo metropolitano que contiene las iniciativas normativas que se prevé elevar para su aprobación al Consejo Metropolitano, en ejercicio de la potestad reglamentaria que tiene atribuida, de acuerdo con la Ley 31/2010, de 3 de agosto, del Área Metropolitana de Barcelona.
El Plan anual normativo metropolitano prevé que, durante el primer trimestre del año siguiente a la finalización de su vigencia, Secretaría elaborará un informe de evaluación del grado de cumplimiento y ejecución de la planificación normativa que también se publicará en el portal de transparencia.