Transparencia en la contractación pública, conflictos de interés i prevención de riesgos penales

4a Jornada del Aula de Transparencia

Transparencia en la contractación pública, conflictos de interés i prevención de riesgos penales
Tipo:
Jornadas
Dónde:
Sala d'actes de l'AMB (Edifici A), C/62, núm 16-18, Zona Franca, 08040, Barcelona 
Cuándo:

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La cuarta jornada del programa de formación Aula de Transparencia aborda dos cuestiones derivadas de la nueva legislación sobre transparencia y del endurecimiento de la legislación penal en el ámbito administrativo que determinan los estándares de comportamiento y buen gobierno que tienen que regir la actuación de las administraciones públicas. El refuerzo normativo en la contratación pública, por un lado, y la gestión de los conflictos de interés y la prevención de riesgos penales, por la otra, constituyen elementos clave para reforzar la integridad y dar seguridad jurídica a los cargos electos, al personal directivo y a los trabajadores y trabajadoras públicas.

Los recientes cambios normativos afectan especialmente las administraciones públicas en la medida que se ha penalizado la infracción de normas administrativas. En consecuencia, se ha incrementado la supervisión de la actividad de los directivos públicos mediante nuevos mecanismos de prevención y control.

Este nuevo marco reclama, por parte de las administraciones públicas, una mejora de los procesos y comportamientos para evitar situaciones donde se planteen conflictos de interés y la asunción de riesgos legales de sus responsables. Queremos ofrecer a los responsables políticos, directivos y técnicos una nueva oportunidad de profundización y debate sobre estas cuestiones.

Esta jornada aborda desde la perspectiva de la contratación pública y desde la perspectiva más general de la revención, ya sea en materia de conflictos de interés como de riesgos penales, las medidas que se están implementando para garantizar la integridad del funcionamiento de la administración metropolitana y de las entidades locales, en definitiva en la transparencia i el buen gobierno.

La Agencia de Transparencia ha organizado en la sede del Área Metropolitana de Barcelona (AMB) la cuarta jornada de formación del programa Aula de Transparencia que ha contado con la participación de un centenar de asistentes. El Programa Aula de Transparencia tiene por objetivo debatir sobre los retos que plantea la transparencia y el buen gobierno y ofrecer al personal de la administración metropolitana y del resto de administraciones catalanas ejemplos de buenas prácticas en estos ámbitos. En esta ocasión, la jornada ha tratado sobre la aplicación de la transparencia en la contratación y sobre las medidas de prevención de conflictos de interés y riesgos penales.

  • Ponencia inaugural

    La jornada ha sido inaugurada por la directora de la Agencia de Transparencia, Gemma Calvet, y el coordinador general de Presidencia de la Diputación de Barcelona, ??Xavier Forcadell.

    Gemma Calvet ha presentado los objetivos de la jornada y ha destacado la importancia de la formación y la sensibilización para consolidar una cultura administrativa abierta que priorice el interés general y la rendición de cuentas. Por su parte, Xavier Forcadell ha remarcado la necesidad de fomentar la cooperación interinstitucional para implementar las obligaciones de transparencia y lo ha ilustrado con el apoyo que da la Diputación de Barcelona a los 311 municipios de la demarcación y especialmente a los 94 con menos de 1.000 habitantes.

  • La instrucción para la incorporación de cláusulas de transparencia i buen gobierno en los procesos de contratración del AMB

    La primera sesión de la jornada ha analizado la instrucción para la incorporación de cláusulas de transparencia en los procesos de contratación de la AMB que pretende garantizar que las empresas adjudicatarias de contratos faciliten la información requerida por la ley de transparencia. La sesión, que ha sido moderada por Gemma Calvet, ha contado con la participación de la directora general de contratación pública de la Generalitat, Mercè Corretja, la coordinadora de Contratación de la AMB, Gemma Rodríguez, y la jefa de la Secretaría Técnica de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Generalitat, Neus Colet.

    Mercè Corretja señaló que el ámbito de la contratación es uno de los que genera más desconfianza entre la ciudadanía. Por ejemplo, en materia de derecho de acceso, las cláusulas de confidencialidad y la protección del secreto comercial a menudo se utilizan de forma abusiva para denegar el acceso a todo el expediente de contratación. Hay que hacer un uso restrictivo de estas cláusulas de confidencialidad y limitarlo estrictamente a los contenidos protegidos por la propiedad intelectual e industrial. En este sentido, Corretja aboga por hacer una interpretación generosa de la legislación de transparencia que fomente el control y la fiscalización de la contratación por parte de la ciudadanía y contribuya a recuperar su confianza.

    Gemma Rodríguez ha presentado la instrucción sobre las cláusulas de transparencia aprobada por la AMB, que tienen por objetivo obtener de los adjudicatarios de contratos públicos y los prestadores de servicio toda la información que la administración metropolitana debe publicar o facilitar a la ciudadanía. La aplicación de las obligaciones de transparencia para las empresas adjudicatarias plantea algunas dudas sobre el alcance de la información publicada. En este sentido, Rodríguez explicó que se hizo una consulta a la Administración Abierta de Cataluña sobre el alcance de la disposición que obliga a publicar la relación de puestos de trabajo y el régimen retributivo del personal adscrito por los adjudicatarios de contratos públicos. De esta consulta se derivó que la cláusula sobre transparencia organizativa sólo se aplica a las empresas adjudicatarias que destinen personal de forma permanente en las instalaciones de la AMB, pero no los que presten servicios al aire libre, por ejemplo en playas, parques o jardines. Todas estas cláusulas ya se han comenzado a implementar, pero todavía no tienen un rodaje suficiente para evaluar su resultado. Por otra parte todavía no están claras las consecuencias del incumplimiento de estas cláusulas y será un reto afrontar los problemas que pueda generar su implementación. En todo caso, estas cláusulas también han servido para sensibilizar y comprometer el personal que trabaja en la gestión de la contratación púbica.

    Neus Colet ha planteado el reto que afrontan los operadores de contratación pública a raíz del "desmadre normativo" existente, con un elevado nivel de exigencias procedimentales que limitan la eficiencia de los procesos de contratación. En este contexto, la implementación de un procedimiento de contratación electrónica es clave. La Generalitat de Cataluña siempre ha sido pionera en la implementación de procedimientos electrónicos de gestión de la contratación. La implementación de la contratación electrónica es una transformación real del funcionamiento de la administración, que garantiza la total trazabilidad y es garantía de transparencia e integridad. Además, desde la entrada en vigor de la Ley de Transparencia, todas las administraciones catalanas deben gestionar sus procesos de contratación a través de la Plataforma de Contratación Pública, que está conectada con el Registro Público de Contratos desde donde se publica toda la información sobre contratación pública que prevé la ley de transparencia.

  • Identificación y prevención de conflictos de interés y riesgos penales en la gestión

    La segunda sesión se ha centrado en las medidas para reforzar la integridad de las administraciones públicas, la gestión de los conflictos de intereses y la prevención de riesgos penales. El endurecimiento de la legislación sobre incompatibilidades y del código penal, plantean nuevos retos para garantizar la integridad del sistema de toma de decisiones. El abogado penalista, Marc Molins, el catedrático de Derecho Penal, Joan Queralt, y el director de Prevención de la Oficina Antifraude de Cataluña, Òscar Roca, han abordado los retos que planea el nuevo marco normativo, moderados por la jefa de Relaciones Institucionales de la Oficina Antifraude, Lourdes Parramon.

    Marc Molins ha descrito el cambio de paradigma que se ha producido en el derecho penal, que ha invadido ámbitos históricamente reservados a otras jurisdicciones y que ha creado nuevas figuras penales que criminalizan algunas infracciones administrativas como resultado de una opinión pública cada vez más exigente respecto a los comportamientos irresponsables. Este nuevo paradigma ha supuesto un incremento muy significativo de los órganos de fiscalización y control. Como consecuencia del desbordamiento normativo del derecho penal y de una definición muy amplia del concepto de autoridad o funcionario público, se han generado nuevos riesgos penales en la gestión pública que hay que prevenir. Estos riesgos incluyen la contratación de personal, la contratación pública, la gestión documental, la gestión de caudales públicos, la financiación ilegal de partidos políticos y cualquier proceso de toma de decisiones en general. Los mecanismos preventivos deben ser estructurales, no pueden depender de la honestidad de los gestores públicos y deben basarse en la formación, el establecimiento de canales seguros de denuncia y el refuerzo del sistema disciplinario.

    Por su parte, Joan Queralt, considera un derecho fundamental disponer de un buen gobierno eficaz, transparente y capaz de rendir cuentas en todo momento. En contraste con este ideal, ha definido la corrupción como un abuso de poder destinado a apartar los entes públicos de sus fines, independientemente de cuáles sean las motivaciones. Para luchar contra la corrupción y garantizar el buen gobierno el profesor Queralt propone que las entidades del sector público, las empresas prestadoras de servicios públicos y las entidades sociales instauren la figura del "compliancer" que ya está muy presente en el sector privado. Esta figura debe ser independiente en su selección y actuación, debe rendir cuentas periódicamente y debe garantizar el anonimato y la indemnidad de las denuncias. Su función debe ser, básicamente, investigadora, evaluadora y preventiva. Los resultados de sus investigaciones deben ser públicos para que los órganos administrativos o judiciales competentes decidan las consecuencias a adoptar (sancionadoras, disciplinarias, etc.).

    Por último, Oscar Roca considera que los conflictos de interés son una amenaza a la integridad del sistema que hay que abordar. La confianza de la ciudadanía en la administración pública se fundamenta en la imparcialidad de su actuación que garantice un juicio objetivo; y esta imparcialidad está en riesgo cuando hay intereses particulares que pueden interferir en su discernimiento. Aunque un conflicto de interés no termine lesionando el interés general, la simple amenaza de un juicio sesgado debilita la confianza de la ciudadanía con el sector público. En este sentido, la prevención de los conflictos de intereses incide en los factores de riesgo de la corrupción para evitar situaciones de corrupción y mantener esa confianza. La prevención de los conflictos de interés incluye mecanismos de formación y asesoramiento, declaraciones de actividades, bienes e intereses así como limitaciones en las actividades particulares y participaciones empresariales de los cargos públicos. Sin embargo, según Roca, es más difícil abordar la gestión de riesgos que penalizar las consecuencias de la corrupción, ya que la prevención supone culpabilizar a los intereses particulares que legítimamente conviven con el interés general.

Presenctacions de les ponències:

Sra. Neus Colet

Sr. Marc Molins

Dr. Joan Queralt

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