Los informes son disertaciones donde se presentan de forma objetiva los datos relevantes relativos a una consulta (hechos y / o fundamentos de derecho), por medio del cual se analiza y se fundamenta, desde un punto de vista técnico o jurídico, cualquier resolución que se deba tomar. Pertenecen, generalmente, en el ámbito del asesoramiento jurídico preventivo dado que se pide una opinión jurídica en relación a una cuestión concreta.
Su función es, pues, aportar elementos para la adopción de una decisión o respuesta jurídica adecuada al contexto metropolitano, aunque no exprese necesariamente el punto de vista del órgano que lo encarga.
Dentro de los informes, en función de su finalidad, alcance y responsabilidad, es posible identificar las conocidas como "legal opinión", propias del derecho anglosajón, exigidas en determinados escenarios en los que se solicita una determinada opinión legal concreta, calificada por los sus efectos y por las responsabilidades derivadas de su emisión.
De acuerdo con el artículo 8.1.h) de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la Agencia de Transparencia hace públicos los informes y estudios externos que encarga.