Programa SEREC: Seguimiento de los requerimientos de cumplimiento de las obligaciones de transparencia de las entidades perceptoras de subvenciones
El programa SEREC consiste al hacer el seguimiento de las obligaciones de publicidad activa y de información que tienen las entidades privadas que perciben subvenciones y ayudas públicas por parte del Área Metropolitana de Barcelona, en cumplimiento de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Desde del año 2017 los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno y el Consejo Metropolitano del Área Metropolitana de Barcelona sobre la adjudicación de subvenciones o ayudas públicas incluyen una disposición que prevé el traslado a la Agencia de Transparencia de la declaración de las obligaciones de transparencia de los beneficiarios.
Para hacer el seguimiento del cumplimiento de las obligaciones de transparencia de las entidades subvencionadas por el AMB, desde la Agencia de Transparencia se requiere a dichas entidades beneficiarias para que informen sobre los aspectos siguientes:
- ¿La entidad ha recibido el último año subvenciones por un importe superior a 100.000 euros por parte de cualquier administración pública o entidad del sector público?
- ¿El importe de todas las subvenciones y ayudas públicas adjudicadas a esta entidad durante el último año por parte de cualquier administración pública o entidad del sector público representa al menos el 40% de los ingresos de la entidad, siempre y cuando sean de un importe superior a 5.000 euros?
- ¿En caso de responder afirmativamente a alguna de las dos cuestiones, ha publicado en la sede electrónica y sitio web las obligaciones de publicidad activa reguladas en el título II de la Ley 19/2014? Indicar el link de su publicación.
La finalidad del Programa SEREC es hacer el seguimiento de la declaración de las obligaciones de transparencia derivadas del otorgamiento de subvenciones del AMB y, a la vez, ayudar a las entidades a clarificar cualquier duda o interpretación en lo referente a la aplicación de la legislación de transparencia.
Publicidad de las retribuciones de los órganos de dirección o administración de las entidades beneficiarias de subvenciones y ayudas públicas con un importe superior a 10.000 euros
El Artículo 15.2 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, establece el deber de las personas jurídicas a las que se les otorgue una subvención por un importe superior a 10.000 euros, de comunicar a la administración que otorga la subvención o ayuda pública las retribuciones de los órganos de dirección o administración de la entidad, a efectos de hacerlas públicas.
En cumplimiento de esta obligación, la Agencia de Transparencia publica las declaraciones presentadas por las entidades beneficiarias de subvenciones otorgadas por el AMB donde se detallan las retribuciones percibidas por sus órganos de dirección o administración. Excepcionalmente, la relación incluye a beneficiarios sometidos a la obligación de declarar las retribuciones de sus órganos directivos que no han presentado esta declaración.
Este deber se añade a las obligaciones de transparencia que tienen las entidades que perciben subvenciones o ayudas públicas de cualquier administración que, en su conjunto, superen los 100.000 euros anuales o que representen, al menos, el 40% de los ingresos anuales de la entidad, siempre que esa cantidad sea de más de 5.000 euros. Del cumplimiento de estas obligaciones son responsables directamente las propias entidades subvencionadas a través de sus respectivas webs o portales de transparencia, tal y como describe el Artículo 10 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública.
Declaraciones de transparencia de las entidades subvencionadas
Díptico informativo sobre el Programa SEREC [en catalán]